viernes, 3 de julio de 2020

Res. 1361 del 2 de Julio de 2020

El Ministerio de Hacienda con Res. 1361 del 2 de Julio de 2020 determina el método a utilizar para el cálculo de la disminución en ingresos de los beneficiarios, el proceso y las condiciones a las cuales deben sujetarse las entidades financieras involucradas, la UGPP y en general todos los actores que participen en el Programa de apoyo para el pago de la prima de servicios -PAP, incluidos los periodos y plazos máximos para para el cumplimiento de los requisitos y el pago de los aportes

Estipula que las personas jurídicas, personas naturales (salvo las exceptuadas), consorcios y uniones temporales que cumplan con los requisitos del artículo 8 del Decreto Legislativo 770 de 2020 deberán presentar, ante la entidad financiera en la que tengan un producto de depósito, los mismosdocumentos requeridos para postularse al Programa de Apoyo al Empleo Formal -PAEF de que trata el artículo 2 de la Resolución 1129 de 2020, dependiendo del potencial beneficiario de que se trate.

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