lunes, 10 de mayo de 2021

Resolución 39 del 7 de Mayo de 2021

 Resolución 39 del 7 de Mayo de 2021 por medio de la cual la DIAN surte modificación a la Res. 46/19 a fin de atemperar ésta con el Decreto 360 de 2021. 


En: 

Resolución 38 de 2021 DIAN

Se comparte Resolución 38 de 2021 DIAN por medio de la cual se modifican plazos para el reporte de la información exógena.

En: 

Resolución 40 del 10 de Mayo de 2021

 I.  Se comparte la Resolución 40 del 10 de Mayo de 2021 de la DIAN por medio de la cual se SUSPENDE desde el 10 hasta el 18/mayo de 2021: 


1. Términos de entrega al depósito o a la zona franca, así como los términos para solicitar y ejecutar el régimen de tránsito aduanero; en la modalidad de cabotaje, solamente se entenderán suspendidos los términos respecto de operaciones que correspondan a las jurisdicciones de las Direcciones Seccionales de Aduanas de Cali y Medellín  

2. Términos de notificación de las delegaciones de actos administrativos en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa, con intervención de correo físico, que se reciben de la Coordinación de Notificaciones y quien hace sus veces en las Direcciones Seccionales del país, incluyendo las delegaciones de actos administrativos identificados mediante el con código 5067, fijación de la notificación por edicto y estado, la radicación de recursos, el procedimiento de notificaciones personales y presentación personal a los recursos, basado en los códigos de actos administrativos señalados en el anexo 1 de esa resolución. 

3.  Términos en los procesos y actuaciones administrativas presenciales, en materia tributaria, de competencia de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

4. Términos en los procesos y actuaciones administrativas presenciales, en materia tributaria, aduanera y cambiaria, de competencia de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, de conformidad con lo indicado en dicha resolución.   En materia aduanera por ejemplo incluye suspensión para: expedición de actos administrativos de trámite, expedición de actos de fondo, ,radicación de Recursos, Respuestas a Requerimientos Especiales Aduaneros, entre otros. 

5. Los términos se reanudarán el 19 de mayo de 2021, teniendo en cuenta los días que al momento de la suspensión hacían falta para cumplir con las obligaciones correspondientes, incluidos aquellos establecidos en meses o años