jueves, 14 de julio de 2022

Ley 2250 de julio de 2022

Ley 2250 de julio de 2022. Establece un marco jurídico especial en materia de legalización y formalización minera, así como para su financiamiento, comercialización y establece una normatividad especial en materia ambiental. En. https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202250%20DE%2011%20DE%20JULIO%20DE%202022.pdf

Ley 2246 de julio de 2022

Ley 2246 de julio de 2022. Aprueba el acuerdo entre el gobierno de Colombia y el gobierno de los Emiratos Árabes Unidos en relación con los servicios aéreos entre y más allá de los respectivos territorios, suscrito en Brasilia el 7/nov/2012. En: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202246%20DE%2011%20DE%20JULIO%20DE%202022.pdf

Ley 2240 de julio de 2022

Ley 2240 de julio de 2022. Crea una zona económica y social especial (ZESE) para el Distrito de Barrancabermeja. En: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202240%20DE%2008%20DE%20JULIO%20DE%202022.pdf

Ley 2238 de julio de 2022

Ley 2238 de julio de 2022. Incluye al distrito especial, industrial portuario, biodiverso y ecoturístico de Buenaventura en el régimen de tributación especial de la Zona Económica y social especial (ZESE). En: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202238%20DE%2008%20DE%20JULIO%20DE%202022.pdf

Ley 2234 de julio de 2022

Ley 2234 de julio de 2022. Promueve la política de emprendimiento social. En: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202234%20DE%2008%20DE%20JULIO%20DE%202022.pdf

Ley 2233 de julio de 2022

Ley 2233 de julio de 2022. Aprueba el Tratado entre la República de Colombia y la República Italiana sobre asistencia legal recíproca en materia penal suscrito el 16/dic/16. En.https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202233%20DE%2008%20DE%20JULIO%20DE%202022.pdf

Ley 2232 de julio de 2022

Ley 2232 de julio de 2022. Establece medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso. Entre otras dispone en relación a importadores: i) Los plásticos de un solo uso señalados en la norma, que no estén referidos en el artículo 5 de la misma, deberán ser incorporados por el productor o importador en los procesos productivos dentro del cierre de ciclos del modelo de economía circular y de Responsabilidad Extendida del Productor - REP. Dicha incorporación deberá realizarse de forma articulada con los instrumentos de manejo y control ambiental previstos en la normativa vigente en materia de gestión de residuos posconsumo de envases y empaques. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, determinará los instrumentos de manejo y control ambiental requeridos para la implementación de la REP, considerando, pero sin limitarse al establecimiento de metas de aprovechamiento en porcentaje en peso, relacionadas con la cantidad de producto puesto en el mercado, la cantidad de residuos plásticos de un solo uso generados y el establecimiento de mecanismos de reporte de información ante las autoridades y su certificación. ii) Al año 2030, todas las botellas, envases y recipientes para contener líquidos deberán ser recolectados al 50%. El cumplimento de dicha meta será responsabilidad del productor e importador, para lo cual deberá involucrar a los diferentes actores de la cadena, priorizando a los recicladores de oficio y asociaciones de recicladores de oficio. Una vez cumplido el término establecido, este porcentaje será revisado con el objeto de garantizar un aumento progresivo. Bajo ninguna circunstancia se permitirá la importación de residuos para cumplir con dichos porcentajes; iii) Se permitirá por el término de cinco años la exportación de botellas posconsumo y otros elementos de PET con destino a la fabl-icación de resina que luego sería importada, para efectos de dar cumplimiento a las metas trazadas en este artículo. Vencidos los cinco años, que empezarán a contar desde la entrada en vigencia de esta norma, y de conformidad con la información de la que trata el numeral anterior, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible evaluará la capacidad instalada local de transformación de resina PET reciclada para determinar si es suficiente para cubrir la demanda nacional. En caso de que no sea posible, se podrá prorrogar la posibilidad a la que hace referencia este numeral por una sola vez, por el mismo periodo. En cualquier caso, se deberá atender lo señalado en la Ley 253 de 1996 que acoge el Convenio de Basilea y su enmienda BC1412, así como de otros tratados internacionales de los cuales el Estado colombiano sea parte y de otras disposiciones legales vigentes en relación con los movimientos transfronterizos de residuos. En: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202232%20DE%2007%20DE%20JULIO%20DE%202022.pdf

Decreto 1176 del 11 de Julio de 2022

Decreto 1176 del 11 de Julio de 2022. Modifica parcialmente el arancel de aduanas para la importación de fertilizantes y plaguicidas, disponiendo un arancel del cero por ciento (0%) para la importación de los productos clasificados por las siguientes subpartidas arancelarias: 3102210000 1 3105200000 3808610000 3808911900 3808921900 3808941900 3102290000 3105510000 3808620000 3808919700 3808929200 3808991900 3102600000 3105902000 3808690000 3808919990 3808929900 !3102800000 3808520000 3808911400 3808921200 38089393001. La anterior medida regirá hasta el 5 de abril de 2023, y vencido dicho término, se restablecerá el arancel contemplado en el Decreto 1881 del 30 de diciembre de 2021 o las normas que le hayan modificado o sustituido. En. https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%201176%20DEL%2011%20DE%20JULIO%20DE%202022.pdf

Decreto 1175 del 11 de julio de 2022

Decreto 1175 del 11 de julio de 2022: Establece un arancel del 0% para la importación de maníes sin cáscara, incluso quebrantados, clasificados en la subpartida 1202.42.00.00., y dicha medida rige a partir del 11 de julio de 2022 por el término de un (1) año, y vencida su vigencia, se restablecerá el arancel contemplado en el Decreto 1881 de 2021 o las normas que lo modifiquen, aclaren o sustituyan En: https://www.mincit.gov.co/getattachment/d29f0a17-0aad-4336-83dc-f03061c42fe5/Decreto-1175-del-11-de-julio-de-2022.aspx

Decreto 1175 del 11 de Julio de 2022

Decreto 1175 del 11 de Julio de 2022. i) Establece un arancel del 0% para la importación de los productos clasificados por las subpartidas arancelarias 1001.11.00.00, 1001.19.00.00, 1001.91.00.00, 1001.99.10.10. 1001.99.10.90, 1001.99.20.00; ii) Suspende la aplicación del Sistema Andino de Franja de Precios para el trigo clasificado en las subpartidas arancelarias 1001.19.00.00, 1001.99.10.10, 1001.99.10.90 y1001.99.20.00, dicha suspensión aplicará únicamente para los productos mencionados y no para la totalidad de los productos en la franja. iii) La norma rige a partir del 11 de julio de 2022, y regirá por dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia. iv) Vencidos los dos (2) años, se restablecerá el arancel contemplado en el Decreto 1881 de 2021 o las normas que lo modifiquen, aclaren o sustituyan. En: https://www.mincit.gov.co/getattachment/9cf95ae6-fda5-4f8c-b86f-03856c835481/Decreto-1174-del-11-de-julio-de-2022.aspx

Decreto 1132 del 30 de junio de 2022

Decreto 1132 del 30 de junio de 2022. I) Excluye temporalmente de la base gravable para la determinación del valor en aduana de las mercancías importadas, el 100% los gastos del transporte, así como los gastos conexos, desde el lugar de entrega de las mercancías en el exterior hasta el lugar de importación, para la importación de los bienes clasificados en las siguientes subpartidas arancelarias: 0713109000 1108130000 1513110000 1516200000 1604141000 1902300000 1001190000 1108140000 1513211000 1517900000 1702301000 3917100000 1001991090 1201900000 1514110000 1518009000 I 1702309000 7213100000 ; 1005902000 1302199900 1514190000 1602329000 1805000000 7214200000; II) La anterior exclusión, podrá prorrogarse si las circunstancias que dieron su origen persisten durante su vigencia, previa revisión por parte del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y Comercio Exterior, sin que dichas prórrogas puedan superar los términos dispuestos por la Decisión 894 de la Comisión de la Comunidad Andina; iii) La norma rige a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial, y tendrá una vigencia de seis (6) meses. Una vez finalizado el término de vigencia, se dará aplicación al primer párrafo del articulo 6 de la Decisión 571, respecto a la inclusión en la base gravable de los gastos de transporte de las mercancías importadas y gastos conexos al transporte de dichas mercancías hasta el puerto o lugar de importación En: https://www.mincit.gov.co/getattachment/ef1b1a71-de7d-47ca-9841-f818d994e0c7/Decreto-1132-del-30-de-junio-de-2022.aspx

Circular 013 de 2022

Circular 013 de 2022. Sistematización presentación estudios de demostración de materias primas e insumos en los SIES a través de la VUCE. En.https://www.mincit.gov.co/getattachment/4472751f-d314-4937-9733-495f3482ae96/Circular-013-del-30-de-junio-de-2022.aspx

Circular 012 de 2022

Circular 012 de 2022. Sistematización de información de operaciones de carga aérea en tránsito a través del SIIS de la VUCE. En: https://www.mincit.gov.co/getattachment/329995f7-4560-4243-95f1-a4835ab8dca2/Circular-012-del-30-de-junio-de-2022.aspx

Circular 011 de 2022.

Circular 011 de 2022. Procedimiento de certificados de firma digital, actualización de procedimiento de registro de usuarios y poderes ante la VUCE. En: https://www.mincit.gov.co/getattachment/dfe5ed9b-b2ae-4006-9008-a3a4f43894b4/Circular-011-del-22-de-junio-de-2022.aspx

DoctriFlash DIAN Enero-Junio de 2022: 

DoctriFlash DIAN Enero-Junio de 2022: https://www.dian.gov.co/normatividad/Informacion-Juridica/Documents/DoctriFlash-4-Enero-2022.pdf https://www.dian.gov.co/normatividad/Informacion-Juridica/Documents/DoctriFlash-5-Febrero-2022.pdf https://www.dian.gov.co/normatividad/Informacion-Juridica/Documents/DoctriFlash-6-Marzo-2022.pdf https://www.dian.gov.co/normatividad/Informacion-Juridica/Documents/DoctriFlash-7-Abril-2022.pdf https://www.dian.gov.co/normatividad/Informacion-Juridica/Documents/DoctriFlash-8-Mayo-2022.pdf https://www.dian.gov.co/normatividad/Informacion-Juridica/Documents/DoctriFlash-9-Junio-2022.pdf