jueves, 14 de julio de 2022
Decreto 1175 del 11 de Julio de 2022
Decreto 1175 del 11 de Julio de 2022. i) Establece un arancel del 0% para la importación de los productos clasificados por las subpartidas arancelarias 1001.11.00.00, 1001.19.00.00, 1001.91.00.00, 1001.99.10.10. 1001.99.10.90, 1001.99.20.00; ii) Suspende la aplicación del Sistema Andino de Franja de Precios para el trigo clasificado en las subpartidas arancelarias 1001.19.00.00, 1001.99.10.10, 1001.99.10.90 y1001.99.20.00, dicha suspensión aplicará únicamente para los productos mencionados y no para la totalidad de los productos en la franja. iii) La norma rige a partir del 11 de julio de 2022, y regirá por dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia. iv) Vencidos los dos (2) años, se restablecerá el arancel contemplado en el Decreto 1881 de 2021 o las normas que lo modifiquen, aclaren o sustituyan.
En: https://www.mincit.gov.co/getattachment/9cf95ae6-fda5-4f8c-b86f-03856c835481/Decreto-1174-del-11-de-julio-de-2022.aspx
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